La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, CRA, Expidió la resolución 287 del 25 de mayo de 2004, mediante la cual se establece la metodología para regular el cálculo de los costos de la prestación de los servicios públicos de Acueducto y Alcantarillado.
La responsabilidad de la fijación de las tarifas, basados en los lineamientos de la CRA, recae directamente en las empresas operadoras de los servicios, de acuerdo a las facultades que otorga el régimen de libertad regulada, según resolución 03 de 1996; con base en el procedimiento establecido quienes aprueban las tarifas son las Juntas Directivas de las empresas, en primera instancia y la Superintendencia de Servicios Públicos, su aprobación final. La obligación es informar a la CRA y a los usuarios sobre las decisiones en materia tarifaria dentro de los 20 días siguientes al acto administrativo o legal, con la sustentación respectiva.
Según lo establecido en la reglamentación las estudios tarifarios se deben realizar, con base en los siguientes principios tarifarios:
De acuerdo a lo anterior, se determino que la señal correcta del valor de los servicios esta conformada por los siguientes componentes:
Los costos asociados a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado son:
Las tarifas estarán divididas en las siguientes categorías:
Se deben calcular las tarifas que garanticen la recuperación de los costos.
TIPO DE USOS |
ESTRATO /CATEGORIA |
|||||
1 |
2 |
3 |
4 |
OFICIAL |
COMERCIAL |
|
SERVICIO DE ACUEDUCTO |
||||||
Cargo Fijo |
1.101 |
1.321 |
1.872 |
2.202 |
2.202 |
3.304 |
Consumo Básico (0-20 m3) |
358 |
429 |
608 |
715 |
715 |
1.073 |
Consumo Complementario (21-40 m3) |
715 |
715 |
715 |
715 |
715 |
1.073 |
Consumo Suntuario (más de 41 m3) |
715 |
715 |
715 |
715 |
715 |
1.073 |
SERVICIO DE ALCANTARILLADO |
||||||
Cargo Fijo |
440 |
529 |
749 |
881 |
881 |
1.321 |
Consumo Básico (0-20 m3) |
143 |
172 |
243 |
286 |
286 |
429 |
Consumo Complementario (21-40 m3) |
286 |
286 |
286 |
286 |
286 |
429 |
Consumo Suntuario (más de 41 m3) |
286 |
286 |
286 |
286 |
286 |
429 |
Calle 20 #21-55
Granada, Antioquia Colombia
+57 604 832 0939
+57 312 296 5222
|
Horarios de Atención al Público: Lunes, martes, jueves y viernes 8:00 am - 1:00 pm y 2:00 pm - 6:00 pm Sábados de 8:00 am - 2:00 pm
|
+57 604 832 0939
+57 312 296 5222 Correo de notificaciones judiciales: notificaciones@espgranada.gov.co |
Políticas de privacidad Políticas de derechos de autor Términos y condiciones |